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Oficina Técnico

Laboral Díaz S.L.

«El mundo está lleno de restos de futuro»

Derecho Fiscal

Hecho Imponible

 

Constituye el hecho imponible la obtención de renta por el contribuyente.

Componen la renta del contribuyente:

  • Los rendimientos del trabajo.
  • Los rendimientos del capital.
  • Los rendimientos de las actividades económicas.
  • Las ganancias y pérdidas patrimoniales.
  • Las imputaciones de renta que se establezcan por ley.

Se presumirán retribuidas, salvo prueba en contrario, las prestaciones de bienes, derechos o servicios susceptibles de generar rendimientos del trabajo o del capital.

No estará sujeta a este Impuesto la renta que se encuentre sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

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