Tipos Impositivos
- Tipo General 16%
- Tipo Reducido 7%
- Tipo Superreducido 4%
Tipo General 16%
El tipo general se aplica a todas las operaciones que para las que no esté previsto otro tipo impositivo.
Tipo Reducido 7%
Se aplica el tipo reducido, entre otros, a los siguientes:
- Productos alimenticios, a excepción de determinados alimentos básicos que tributan al 4%
- Agua
- Bienes de uso agrícola o ganadero, a excepción de la maquinaria, utensilios o herramientas. Si se incluyen aquí productos como semillas, fertilizantes, residuos orgánicos, herbicidas,etc.
- Medicamentos para uso veterinario
- Aparatos y Material sanitario
- Edificios, viviendas, garajes y anexos.
- Los transportes de viajeros y sus equipajes
- Flores y plantas vivas
- Servicio de transporte de viajeros
- Servicios de hostelería y restaurantes
- Explotaciones agrícolas, forestales o ganaderas
- Servicios prestados por artistas
- Servicios de limpieza urbana
- Servicios culturales y espectáculos no deportivos
- Espectáculos deportivos «aficionados»
- Radiodifusión y televisión
- Asistencia social y sanitaria
- Ferias y exposiciones comerciales
- Servicios funerarios
- Construcción de viviendas en determinados supuestos.
Tipo Superreducido 4%
Se aplica el tipo superreducido del 4% a:
- Alimentos básicos (pan, harinas, quesos, huevos, frutas, verduras,etc.)
- Libros, revistas y períodicos
- Material Escolar
- Medicamentos
- Protesis y vehículos para minusválidos
- Viviendas de Protección Oficial
- Servicios de reparación o adaptación de utiles en favor de minusválidos.